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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha estimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por laAsociación de Gestores de Residuos de Andalucía (Agresur)y Geregras contra la Ordenanza Municipal de Limpieza Pública y Gestión de Residuos Municipales, aprobada por el pleno del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla en2014.
El TSJAtambién ha decidido declarar nulos y derogar los artículos 102 (sobre el aceite vegetal usado) y 113, este último relativo a las facultades inspectoras de Lipasam para «»Acceder previa identificación, y sin notificación previa, a las instalaciones o ámbitos sujetos a inspección»».
Esta sentencia del TSJA se adjuntará a los procedimientos abiertos por Geregras y todavía en marcha en los tribunales.

